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Reconocer al cuidado como un derecho humano y un bien público en EL PACTO DE FUTURO

Sep 3, 2024

En vísperas de la Cumbre del Futuro de las Naciones Unidas, que se celebrará en septiembre, la ISP y sus aliados publican una declaración conjunta en la que piden un cambio transformador en la forma de valorar y prestar del cuidado en todo el mundo.

Reconocer al cuidado como un derecho humano y un bien público exige la urgente necesidad de reconstruir la organización social del cuidado para garantizar que sea universalmente accesible, equitativo y libre de la explotación impulsada por el mercado. Las mujeres y las niñas, que soportan la mayor parte del trabajo del cuidado no remunerado y mal pagado, deben estar en el centro de este cambio, con gobiernos que se comprometan a proporcionar servicios públicos universales de cuidado y a regular la participación privada para que se ajuste a las normas de derechos humanos. Este momento es una oportunidad crucial para consagrar el cuidado en el Pacto de Futuro, haciendo hincapié en su papel en el desarrollo sostenible, la justicia social y la igualdad de género, y garantizando que el trabajo del cuidado sea reconocido, redistribuido y recompensado de forma justa.

Véase también

Reconocer al cuidado como un derecho humano y un bien público en EL PACTO DE FUTURO 

Sindicatos, feministas y organizaciones de derechos humanos se unen a escala mundial para hacer un llamado a radicalizar el enfoque sobre el cuidado. El cuidado, tanto remunerado como no remunerado, es fundamental para el funcionamiento de nuestras sociedades.   

Las desigualdades asociadas a al cuidado afectan de manera desproporcionada a las mujeres, que asumen más del triple de trabajo en los hogares (lo que a menudo limita sus oportunidades de conseguir un trabajo decente), y constituyen más de ⅔ de la mano de obra de cuidados crónicamente mal pagada en todo el mundo. 

Los gobiernos y las instituciones internacionales deben comprometerse a reconstruir la organización social del cuidado para mejorar la forma en que se satisfacen las necesidades cuidado de las personas. El trabajo remunerado y no remunerado de cuidado, la prestación pública y privada de servicios de cuidado y los acuerdos de cuidado basados en la comunidad están interrelacionados y no deben subordinarse a las fuerzas del mercado no regulado y a los intereses lucrativos que causan daños y abusos tanto a quienes reciben como a quienes proveen cuidado. Aunque la actividad privada desempeña un papel en determinadas transacciones económicas, la comercialización de los servicios públicos, es decir, la adopción de enfoques y prácticas orientados al mercado para prestar servicios públicos ha puesto en manos privadas servicios y recursos que eran de propiedad y gestión públicas. Como ya se ha dicho, esta situación ha incrementado las desigualdades y la segregación, perjudicando de manera desproporcionada a las personas más sobrecargadas de trabajo de cuidado: las mujeres y las niñas. 

Para hacer frente a esta situación, los gobiernos tienen el deber de proporcionar directamente servicios públicos universales de cuidado para hacer realidad el derecho de las mujeres y las niñas a un trabajo decente y a un nivel de vida adecuado mediante la mejora continua de sus condiciones de vida, desbloqueando así para ellas la promesa incumplida de autonomía, independencia y plena participación en la sociedad.  

Además, siempre que participe el sector privado, los Estados deben establecer un marco jurídico adecuado para garantizar que cualquier participación cumpla las normas de derechos humanos, incluso regulando las prácticas empresariales transfronterizas y las obligaciones extraterritoriales de las empresas multinacionales. Dichas regulaciones deben garantizar que el trabajo de cuidado se valore adecuadamente y que la prestación de cuidados no se subordine a intereses o lógicas privadas, sino que se trate como un bien público, incluso mediante la consiguiente regulación de las inversiones privadas. 

Este año, el cuidado ha ocupado un lugar destacado en la agenda internacional. La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) de las Naciones Unidas y la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) de la Organización Internacional del Trabajo alcanzaron acuerdos sobre el cuidado, pero no fueron suficientes.  

Para avanzar decididamente en esta agenda del cuidado, la Cumbre del Futuro es una importante oportunidad para promover al cuidado como un derecho humano y, por tanto, un bien público que beneficia al bienestar de la humanidad y sitúe efectivamente al cuidado público como parte de los elementos fundadores del desarrollo sostenible y la justicia social.  

Hacemos un llamamiento a la comunidad internacional para este reconocimiento. 

Las actuales negociaciones intergubernamentales de las Naciones Unidas sobre una Convención Marco Internacional sobre Fiscalidad son otra buena oportunidad para recalibrar la gobernanza del sistema fiscal internacional y la soberanía de los derechos tributarios. Los estándares normativos -incluidas la transparencia y la rendición de cuentas, y la recaudación por parte del Estado del máximo de recursos disponibles- son clave para posibilitar agendas de cuidado progresivas a nivel nacional. 

La comprensión actual del cuidado por parte de los organismos multilaterales es limitada, lo que aumenta el riesgo de que el cuidado se someta aún más a la dinámica del mercado y sean mercantilizado por quienes priorizan el lucro sobre las personas. Esto significa que tanto la prestación de cuidado como su acceso ⎼ que influyen en la organización social del cuidado⎼ son injustos, inequitativos, desiguales e insostenibles. Urge una mayor voluntad política para hacer frente a esta situación e impedir que la toma de decisiones públicas quede en manos de las empresas. 

Debemos reivindicar el carácter público del cuidado y hacer de él - tanto el trabajo y como la prestación - un bien público universalmente entendido, en lugar de una mercancía a explotar. Los Estados deben proporcionar, financiar y regular el cuidado y, especialmente, desarrollar servicios de titularidad y gestión públicas que satisfagan realmente las necesidades de las mujeres y desafíen el orden financiero y económico dominante.  

Debemos rectificar las injusticias de una cadena mundial de cuidado extractiva y reconocer, redistribuir y recompensar el trabajo de cuidado garantizando trabajo decente y protección social para todxs lxs trabajadores de cuidado, incluidxs lxs cuidadores no remuneradxs. 

Por lo tanto, pedimos al sistema de las Naciones Unidas que incluya el cuidado como un derecho humano en el Pacto para el Futuro, mismo que está en el corazón de la reconstrucción de la organización social del cuidado, y que incluya un lenguaje fuerte para fortalecer los servicios públicos a través de inversiones públicas, permitiendo así el cumplimiento de los derechos de las mujeres y las niñas.  


3 de septiembre de 2024 

ActionAid - CESR - DAWNFeminist - GI-ESCR -Oxfam - Internacional de Servicios Públicos - TJN - FEMNET - WomanKind – Care International

 




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